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viernes, 2 de marzo de 2012

Megamarcha contra la megamineria contaminante en Jujuy


En términos generales, la minería es una actividad a través de la cual se extraen los minerales de la tierra, pueden ser éstos metales o no metales. La minería metálica es aquella que extrae metales, por ejemplo cobre, oro, plata, platino, etc. Se habla de minería a gran escala cuando se remueve enormes cantidades de material, es decir decenas de miles e incluso hasta centenas de miles de toneladas al día.


Entre las técnicas de extracción de metales a gran escala, se identifican dos importantes: la minería subterránea (o de socavón) y la minería a cielo abierto. Esta última es común en la actualidad, por ser generalmente más barata. La minería metálica a cielo abierto está orientada a remover y procesar diversos materiales del subsuelo -vegetación, tierra fértil, subsuelo no suficientemente mineralizado, o material mineralizado (la "mena")- excavando huecos gigantescos con el fin de acceder a los metales.

En general, la mena no contiene el metal en forma pura, sino que se encuentra en una mezcla que puede contener varios metales. Una vez la roca extraída, se la trata químicamente para eliminar lo grueso de las impurezas (es lo que se llama "etapa de beneficio"). Posteriormente viene una fase mucho más compleja de purificación y refinamiento. Sin embargo, Ecuador no tiene la capacidad industrial para refinar y purificar el metal extraído de la mena, por lo que estas etapas se harán en el extranjero. Por ello, los metales serán exportados como materia prima, a la China, la India u otros países de Europa y América del Norte. Una vez purificados, los metales serán transformados en diversos productos terminados que, en gran medida, serán usados por sociedades de estos mismos países.

La minería industrial, dejará ríos muertos, cordilleras deforestadas, comunidades en conflicto, enfermedades, violaciones de Derechos Humanos y de Derechos de la Naturaleza, ejércitos de desempleados, así como campesinos e indígenas sin tierras.

La minería a gran escala tiene impactos nocivos tanto sobre el suelo, las aguas y el aire. Destacamos a continuación los siguientes impactos que han sido identificados en muchas minas metálicas a gran escala alrededor del mundo, particularmente a cielo abierto:

· Contaminación a gran escala de las aguas de superficie y subterráneas con sustancias tóxicas, incluyendo: el arsénico, plomo, cadmio, cromo, cianuro y mercurio, e incluso sustancias radiactivas (ver pregunta 13), con impactos catastróficos en la fauna, la flora y la salud humana.

· Drenaje ácido de roca: un proceso que acidifica las aguas subterráneas y de superficie y que favorece la contaminación del agua con metales pesados, incluso siglos después de terminada la explotación de la mina (ver pregunta 13).

· Deforestación masiva y sequías por efecto de la desertificación y el agotamiento de las fuentes de agua.

· Destrucción del hábitat de especies de animales y plantas en peligro de extinción, e incluso de ecosistemas enteros.

· Impactos nocivos a áreas protegidas.

· Contaminación del aire debido al polvo y el ruido generados por las explosiones recurrentes producidas en la excavación, el ruido de los molinos y el constante tráfico vehicular, con impactos considerables en la flora y la fauna.

· Emisiones de gases de efecto invernadero.

· Contaminación de los suelos.

Es preciso tomar en cuenta que además de los impactos directos de la actividad minera, se producen igualmente impactos indirectos, los cuales pueden ser también muy graves. Entre los impactos indirectos, el ejemplo más claro es la deforestación y degradación del suelo y de la calidad del agua debido a la sobre-explotación y contaminación de estos recursos, provocada por la llegada de nuevos trabajadores y moradores atraídos por la mina. Este aumento de la población provoca además la expansión de la frontera agrícola-ganadera en regiones vecinas, lo cual provoca pérdidas de biodiversidad.

Otro ejemplo de impacto indirecto resulta de la producción de energía destinada a abastecer las minas. La minería a gran escala requiere grandes cantidades de energía eléctrica para su funcionamiento. Esta producción de energía implica la construcción de represas hidroeléctricas, centrales térmicas e incluso de centrales nucleares, la cuales producen a su vez impactos socio-ambientales considerables.

Es indispensable precisar que los impactos de la minería -sea ésta a pequeña o gran escala- no solo se sienten en las inmediaciones de las minas, sino que se evidencian a cientos de kilómetros de distancia de las áreas mineras. Por ejemplo, las minas en las montañas descargan su contaminación en los ríos aledaños a las minas, y envenenan a los organismos acuáticos en toda la trayectoria de los ríos, hasta llegar al mar.

La industria minera metálica necesita cantidades enormes de agua, principalmente para separar los metales buscados de otros minerales presentes en la mena y para rociar las carreteras para evitar el polvo. También se necesita aprovisionar de agua potable a los trabajadores. Las empresas mineras siempre usan el argumento de que reciclan una parte del agua que consumen, lo cual es cierto en las mayoría de los casos. Pero aun reciclando sus aguas usadas, las minas siempre necesitan grandes cantidades de agua fresca, es decir directamente tomada de fuentes naturales.

La contaminación al agua causada por la gran minería es inevitable. A nivel mundial, no existe explotación minera que no haya contaminado el agua, aún usando la tecnología más avanzada. La contaminación es aún más problemática e inevitable en sitios como la Cordillera de Toisán y la Cordillera del Cóndor, porque son áreas donde llueve mucho y donde existen múltiples redes de aguas subterráneas.

Una de las formas de contaminación más problemática para el agua es el "Drenaje ácido de Roca". Este fenómeno se produce en las escombreras, en el cráter, o en los diques de desechos de la mina, y ocurre tanto durante la explotación de la mina, como después de su cierre. El Drenaje Ácido de Roca ocurre cuando las aguas de lluvia entran en contacto con sustancias tóxicas contenidas naturalmente en las rocas minadas, es decir que han sido desplazadas desde el subsuelo hacia la superficie. Mientras estas sustancias tóxicas se encuentren en el subsuelo, no presentan riesgo, pero al sacarlas de las entrañas de la tierra y exponerlas al agua y al aire, pueden convertirse en elementos mortales.

En efecto, existe un alto riesgo de que las reacciones químicas producidas por el contacto entre la lluvia y la roca excavada provoquen una acidificación inusual de las aguas que corren sobre estas rocas. Las aguas ácidas fluyen a los ríos y corrientes subterráneas, acidificándolas. Esta acidificación puede ser catastrófica para la fauna y la flora acuáticas. Pero eso no es todo, este Drenaje Ácido de Roca acelera a su vez la disolución en las aguas de superficie y subterráneas, de los metales pesados extraídos del subsuelo (como el arsénico, plomo, cadmio, mercurio) presentes en gran cantidad en las rocas removidas por la actividad minera. Este tipo de contaminación es particularmente devastador para el agua y puede destruir los ecosistemas acuáticos durante cientos, e incluso miles de años: un caso notable es el de la mina romana de Rio Tinto en España, que sigue contaminado desde hace más de dos mil años.

Pero el Drenaje Ácido no es la única fuente de contaminación del agua. Las grandes cantidades del líquido vital utilizado en los procesos de extracción del metal también resultan contaminadas, y se almacenan en lagunas denominadas "piscinas de relave". Estas aguas son muy tóxicas, pues contienen cianuro y otros químicos, como metales pesados que se encuentran en forma natural en el subsuelo. Estos elementos tóxicos se van acumulando en el fondo de las piscinas de relave. Sin embargo, no se puede almacenar las aguas usadas en su totalidad y las empresas tienen que descargarlas periódicamente al medio ambiente. Aun si las leyes establecen un nivel máximo de concentración de estos tóxicos para las aguas a ser descargadas en el ambiente, es común que las empresas no lo respeten.

Además, los sedimentos tóxicos se acumulan en el fondo de las piscinas de relave durante siglos y representan una fuente importante de contaminación de las aguas, tanto por infiltraciones y fugas crónicas al medio ambiente, como por sus eventuales colapsos accidentales. Además, la explotación minera conlleva otras fuentes de contaminación del agua, como las aguas servidas del campamento minero, o los explosivos que se usan para perforar el suelo. La mina de Bingham Canyon, en Estados Unidos, usa 70 millones de libras de explosivos al año.

Son muchos los casos alrededor del planeta en los que todas estas formas de contaminación afectaron la vida acuática y provocaron la desaparición de especies enteras de peces. En numerosas regiones de minería a gran escala, el agua se vuelve inservible para el consumo humano o para labores de agricultura. La contaminación de los ojos de agua provoca además un conjunto de impactos directos e indirectos en términos de salud pública, como enfermedades degenerativas, enfermedades de la piel, etc. Una vez que los metales pesados provenientes de las minas entran a la cadena alimenticia, permanecen allí. Estas sustancias se acumulan en los peces y otras especies que absorben dichos metales. Al alimentarse de estas especies, los seres humanos acumulan también estas sustancias en su cuerpo. Las poblaciones más vulnerables a la acumulación de metales pesados son niños, niñas y mujeres embarazadas.

Es imposible conocer la cantidad de agua que será contaminada por una explotación minera, al inicio de la misma. Eso se debe a la falta de información precisa sobre la hidrología de las regiones donde se encuentran los proyectos mineros, la cantidad de minerales que contienen los yacimientos o cuántos químicos se emplearán para extraerlos.

Se usan químicos para separar el metal buscado de los otros metales presentes en una mena. Una vez que el metal es extraído, los químicos se quedan en los desechos mineros. Después de haberlos tratado parcialmente, las empresas tienen que descargar una parte en el medio ambiente.

En la minería de oro a gran escala, se usa generalmente el cianuro para separar el metal de los otros minerales presentes en la mena (existen otras técnicas pero son más costosas). El cianuro es un veneno conocido, la ingestión de 200 a 300 mg (entre 5 y diez granos de arroz) de cianuro de sodio es suficiente para matar a un adulto. Las empresas mineras usan un promedio de 4 kilogramos de cianuro de sodio para producir una onza de oro (lo que representa una cantidad a penas más grande que un anillo). En los procesos de lixiviación con cianuro, usualmente se utilizan aguas que contienen 2% de cianuro.

Si bien es cierto que el cianuro se descompone una vez que entra en contacto con el aire o la luz solar, su toxicidad se mantiene en sedimentos de lago. También los productos de la degradación del cianuro son peligrosos durante mucho tiempo, y no se descomponen tan rápidamente como el cianuro "puro". Aunque se sabe poco de la toxicidad de estos productos secundarios, se ha comprobado que algunos productos de la degradación del cianuro son venenosos para los peces.

En el caso del cobre, los químicos utilizados para extraerlo de la mena dependen del tipo de tratamiento. En ciertos casos se utiliza acido de sulfuro -un químico tóxico-, para extraer (en pilas) el cobre de la roca. En otros casos, se usan otros químicos, que aunque no son tan tóxicos, producen igualmente daños en los seres vivos. La Agencia de Protección Ambiental de los EEUU ha elaborado un listado de más de 20 químicos relacionados a la minería de cobre, todos ellos muy peligrosos.

Otra fuente de contaminación por químicos son los accidentes que ocurren durante las diversas etapas de los trabajos mineros. En varias partes del mundo, se ha registrado numerosos casos de envenenamiento masivo debido a accidentes de vehículos transportadores de químicos tóxicos.

Las catástrofes más graves de la historia de la minería han sido provocadas por fugas e infiltraciones y sobre todo por rupturas de diques que contienen las aguas residuales o el colapso de las instalaciones de la mina. A lo largo de la historia de la minería industrial y en todas partes del planeta, se ha registrado un sinnúmero de accidentes con consecuencias ambientales a gran escala e irreversibles, causando muerte, destrucción y desplazamiento de pueblos, contaminación masiva de ríos y la desaparición de miles de toneladas de peces, particularmente en el caso de la contaminación con cianuro. Basta con ver lo sucedido en la última década en Rumania (Baia Mare), Hungría, España (La Doñana) o Guyana (Río Essequibo).


Frente a una avanzada represiva en aumento, los movimientos populares tenemos desafíos que van creciendo día a día, entre los cuales se destaca la consolidación de redes de resistencia que fortalezcan nuestras luchas territoriales. Estas redes son nuestra arma más poderosa porque se perfilan desde la solidaridad concreta y cotidiana, y tenemos que destacar que solidaridad es una palabra que no nos han podido robar porque no existe en el diccionario de empresas, gobiernos y justicias que pretenden avanzar sobre nuestros territorios y la autodeterminación de nuestras vidas en búsqueda de mayores ganancias al precio de más represión y de más muertes.


Otro aspecto central, que se viene viendo de la mano de la mineria (contra las luchas sociales), es la legislación antiterrorista que se viene imponiendo en el continente, que habilita a la vigilancia de la sociedad, -cuyos integrantes nos convertimos en sospechosos frente a la supuesta amenaza del terrorismo-, imponiendo mecanismos de control y una cultura del miedo que es parte de nuestra vida cotidiana.

Desde el 2005 la Argentina viene transitando el camino de aprobar convenios y leyes antiterroristas. Ya ese año, se convirtieron en ley dos convenios, la Convención Interamericana Contra el Terrorismo, adoptada por la OEA en el 2002, y el Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo, aprobado por la ONU en 1999.

A su vez, en 2007 se sancionó la ley N° 26.268 que incorporó al código penal los delitos de asociación ilícita terrorista y los de financiación de este tipo de asociaciones.

En esa ley se considera que una asociación ilícita terrorista tiene las siguientes características:

a) Tener un plan de acción destinado a la propagación del odio étnico, religioso o político;

b) Estar organizada en redes operativas internacionales;

c) Disponer de armas de guerra, explosivos, agentes químicos o bacteriológicos o cualquier otro medio idóneo para poner en peligro la vida o la integridad de un número indeterminado de personas.

Ya en ese momento nos preguntamos ¿Quiénes son los terroristas?:

Y comenzamos a construir una respuesta colectiva basada en nuestras experiencias cotidianas de resistencias: Tanto la propagación de distintos odios, como la existencia de redes operativas internacionales, como la puesta en peligro de la vida e integridad de un número indeterminado de personas son características completamente aplicables a las formas de operar de las empresas transnacionales y sus socios políticos locales, en la implementación del modelo extractivo y productivo de esta etapa del capitalismo global, que responden con criminalización, represión, militarización y muerte a quienes se oponen a entregar los territorios y las formas tradicionales de habitarlos, a la mercantilización de la naturaleza y de toda expresión de vida.

Un nuevo proyecto de ley que el poder ejecutivo envió el 14 de octubre de 2011 al Congreso de la Nación, fue aprobado finalmente por el Congreso en Sesiones Extraordinarias y promulgado por el Poder Ejecutivo el 27 de diciembre con el N° 26.734. La ley determina un incremento de la escala penal para delitos que tengan por finalidad aterrorizar a la población u obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo. Además, establece que será reprimido con prisión de 5 a 15 años el que directa o indirectamente recolectare o proveyere bienes o dinero a sabiendas de que serán utilizados para financiar un delito con finalidades terroristas.

En la fundamentación del proyecto se establecía a su vez que quedan terminantemente excluidos de cualquier posible interpretación criminalizante, los hechos de protesta social, toda vez que estos estén dirigidos a reclamar derechos individuales o colectivos; a su vez, en el artículo 3° de la ley dice:"Los agravantes previstos en este artículo no se aplicarán cuando el o los hechos de que se traten tuvieren lugar en ocasión del ejercicio de derechos humanos y/o sociales o de cualquier otro derecho constitucional".

A pesar de que pareciera ser un texto bastante amigable frente a las acciones de protesta social es necesario que los/as luchadore/as sociales estemos advertido/as, tal como lo expresa la carta pública elaborada por la REDAJ:

1) por el aumento de las penas frente a pretendidos actos terroristas o sus financiadores.

2) porque se utilizan conceptos muy imprecisos que abren la posibilidad de que sean aplicables a las figuras penales frecuentemente utilizadas para la criminalización de la protesta social, como en los casos de resistencia a desalojos, cortes de vías de circulación o actos de protesta en el espacio público.

3) porque el proyecto genera las condiciones para una mayor criminalización de la protesta social a través de la ampliación de las figuras penales, el aumento de las penas y el estigma social de los luchadores populares, por su eventual asociación simbólica al terrorismo.

4) porque, a pesar de que el proyecto establece que no se aplicará en los casos en que se trata del ejercicio de un derecho constitucional, no hay garantías de que los líderes sociales no sean perseguidos y sometidos a proceso bajo estas nuevas figuras ligadas al terrorismo.

5) además, dada la amplitud e imprecisión de los términos, se invierte la carga de prueba, y deberán ser esos líderes sociales los que tengan que demostrar que no son terroristas en los procesos penales.

6) hay que tener en cuenta que este tipo de reformas son exigidas por el GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional) como condición para considerar a nuestro país como un destino seguro para las inversiones externas directas. De esta manera, se subordinan los derechos a la protesta social en pos de cumplir con exigencias impuestas por organismos financieros internacionales.

7) otro aspecto a destacar son los riesgos que corren las organizaciones que apoyen a los movimientos sociales, que podrían ser consideradas como financiadoras del terrorismo en la medida en que las acciones de protesta social de esas organizaciones sean consideradas como acciones terroristas.

De la misma manera que la avanzada militarista y represiva se puede observar en el continente a través del golpe de estado perpetrado en Honduras, de la permanente violación de los derechos humanos en Colombia y de los derechos ancestrales en Chile, por tomar sólo algunos ejemplos, en la Argentina hemos sido testigos de más de una decena de asesinatos vinculados a la defensa del territorio por parte de comunidades y poblaciones, el más reciente de los cuales es el de Cristian Ferreyra, compañero militante del Mocase, asesinado por un banda armada que opera al servicio de uno de los tantos empresarios que protagonizan, en muchas de nuestras provincias, violentos desalojos a comunidades campesinas e indígenas. La militarización y represión la vivimos actualmente en el amedrentamiento que vienen sufriendo desde el 1º de enero del corriente año las Asambleas Riojanas en defensa del Cerro Famatina, lo que se evidencia no sólo en el cerco que las fuerzas represivas especiales ejercen en el corte, sino también en la persecución, la intimidación, las amenazas, el armado de listas "negras" de luchadore/as que denuncian trabajos de inteligencia por parte de la empresa canadiense Osisko Mining Corporation y la judicialización de las luchas de compañero/as contra los proyectos megamineros en nuestra cordillera. Todo esto con el fin de que esos territorios transiten el camino de la mercantilización capitalista.


Tomado del texto "La UAC alerta y en lucha frente a la avanzada represiva y militarista y en repudio a la LEY AntiTerrorista"



En vista de la situación actual se viene realizando radios abiertas donde se infoma a la población acerca de las actividades mineras y de la ley antiterrorista.

A continuación el video de la radio abierta conta la megaminería, realizado por el Colectivo Minka.






Fuente: noalamina.org/Colectivo Minka

1 comentario:

Anónimo dijo...

entiendo que lo que tendria que apoyar seria propuestas

Saben por donden pasan los explosivos que usan en san juan, bs. as.,catamarca, etc. por jujuy por jama desde chile

perdon por favor basta de quejas mas propuestas realizables no utopias